Política de sustancias | Iglú Marketing digital

POLÍTICA DE ALCOHOL Y DROGAS

POLÍTICA DE ALCOHOL Y DROGAS
IGLÚ MARKETING DIGITAL SAS se compromete bajo la dirección del Gerente Luis Alejandro
Rodríguez, a mantener una Política de No Alcohol, Tabaquismo y Drogas, mediante el
cumplimiento de los siguientes aspectos con el objetivo de mantener ambientes de trabajo
seguro y saludable:
• Queda prohibido la posesión, uso y venta de tabaco, alcohol y/o drogas ilícitas en las
instalaciones y vehículos de la empresa, o en actividades de trabajo fuera de la oficina, que
puedan comprometer la seguridad y el desempeño en el trabajo.
• Queda prohibido laborar bajo los efectos de alcohol y/o drogas, o cualquier sustancia que
atente contra la seguridad propia o de otros empleados, así como consumirlas o incitar a su
consumo en el lugar de trabajo.
• Durante las labores del día y en la permanencia de los vehículos que trasladen el personal
de un punto a otro, está “PROHIBIDO FUMAR” y/o el consumo de cualquier bebida alcohólica.
• La gerencia de IGLÚ MARKETING DIGITAL SAS realizará campañas de prevención de
consumo contra el cigarrillo, el alcohol y las drogas y dará a conocer la política a todo el
personal mediante capacitaciones y folletos. El trabajador que por prescripción médica use
medicamentos controlados (Ansiolíticos, antidepresivos, anti convulsionantes, analgésicos
fuertes entre otros), deberá inmediatamente informar al Coordinador HSEQ y del área para la
implementación de las medidas preventivas pertinentes. Esta política forma parte del contrato
de trabajo y es de obligatorio cumplimiento por parte de los empleados de la empresa. Los
trabajadores deberán cumplir esta política e informar a su jefe inmediato cualquier anomalía
que se presente en los lugares de trabajo. Así mismo, IGLÚ MARKETING DIGITAL SAS
exigirá el cumplimiento de la misma a sus contratistas en caso de requerirse. La Empresa se
reserva el derecho de realizar en cualquier momento inspecciones y pruebas de laboratorio
a su personal en las instalaciones de la Empresa. La violación de esta política, así como la
oposición a las inspecciones o toma de muestras, se considera falta grave y en consecuencia
la Empresa puede adoptar medidas disciplinarias, inclusive dar por finalizado el contrato de
trabajo por justa causa de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo y
la Ley, según sea el caso.
Se firma a los treinta (30) días del mes de enero de 2024.

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